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CAPACIDAD TESTAMENTARIA E IMPUGNACIÓN DE TESTAMENTOS MADRID

Si no se está de acuerdo con lo que se ha estipulado por el testador, se puede impugnar un testamento en todo o en parte.

Una de las razones para impugnar un testamento, es que el testador no posea capacidad legal para otorgarlo. En este caso, se pueden solicitar los servicios de un Psicólogo Forense que determine que si el testador tiene todas sus capacidades actuando de manera correcta. El resultado de la evaluación del testador se plasmará en un Informe Pericial Psicológico en el que se concluya si tiene o no capacidad para realizar testamento.

Por otro lado, el Perito Psicólogo también puede verificar si el testamento ha sido realizado bajo amenaza, intimidación o engaño. Evaluará a la persona que ha realizado el testamento y examinará si tiene o no tiene, capacidad para decidir y actuar por sí sola.

El Informe Pericial Psicológico para impugnar un testamento, debe ser completamente riguroso e imparcial y seguir las normas que se establecen desde la Ciencia de la Psicología Forense y Jurídica.

El Perito Psicólogo debe contar con la autorización de la persona que va a ser evaluada y con toda la información que se le pueda y se desee aportar.

¿Qué es la capacidad testamentaria?

La capacidad testamentaria es la capacidad que tiene una persona para hacer un testamento y, que dicho testamento sea válido. Es decir, cuando hablamos de capacidad testamentaria, nos referimos a la capacidad reconocida de una persona física para testar, para realizar testamento, para otorgar testamento.

La capacidad para testar se presupone, es decir, que supone que se tiene, a no ser que exista prueba de lo contrario. Cualquier persona puede actuar como testador y, por lo tanto, puede otorgar testamento, excepto si está impedida de manera legal.

Pero,¿en qué casos una persona no puede realizar testamento? Dichos casos vienen establecidos en nuestro ordenamiento jurídico, más concretamente en nuestro Código Civil.

Algunos ejemplos en los que una persona no puede otorgar testamento son los siguientes:

  • Las personas que estén incapacitadas para testar
  • Los menores de 14 años
  • Y quien no se halle en su cabal juicio.

Teniendo en cuenta lo anterior, podemos establecer que las personas cuya capacidad de decisión se encuentre alterada, no pueden otorgar testamento. A continuación presentamos algunos ejemplos en los que una persona no puede otorgar testamento:

  • Si la persona presenta un Deterioro Cognitivo tal, que le altere su capacidad de decisión y de razonamiento.
  • Déficits Cognitivos que anulen la capacidad para otorgar testamento.
  • Demencia senil que anule la capacidad de testar.
  • Alteración y distorsiones en el pensamiento que impidan realizar testamento.
  • Alzheimer, donde se acredite de manera muy contundente y con muy buenas pruebas, que el testador no se encontraba con capacidad en el momento del otorgamiento.

Si necesitas mis servicios o tienes cualquier duda, puedes ponerte en contacto conmigo.

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Con una Evaluación Psicológica Forense podemos determinar si una persona es adecuada o no, para otorgar testamento. El Psicólogo Forense realizará una serie de entrevistas, con una duración determinada y adaptada a cada caso, donde se explorará si la persona que ha otorgado testamento tiene capacidad para ello.

Posteriormente a las entrevistas de carácter preferentemente presencial, se administrarán a la persona sobre la que se tiene que evaluar, si tiene capacidad o no, para otorgar testamento, una serie de instrumentos y cuestionarios. Dichas pruebas han de ser muy bien realizadas por parte del Psicólogo y muy contundentes. Realizándose el proceso de evaluación psicológica de manera muy exhaustiva. La Evaluación Psicológica se centrará, por lo tanto, en evaluar aspectos que se han observado en las entrevistas y en analizarlos con aquellos resultados obtenidos en las pruebas (test, cuestionarios, instrumentos) que se administren.

Posteriormente se ratificará en juicio los resultados encontrados y presentados en un Informe Pericial sobre la capacidad de testar.

Las pruebas que se han de administrar para que un testamento sea declarado nulo, y que deben ser aportadas por un Psicólogo Forense en un Informe Psicológico sobre capacidad para otorgar testamento son:

  • Pruebas de Inteligencia y desarrollo.
  • Pruebas de memoria.
  • Pruebas de atención.
  • Pruebas de simulación.
  • Pruebas de Neuropsicología.
  • Pruebas de Deterioro Cognitivo.

¿Cómo puedo impugnar un testamento?

En los siguientes casos podemos impugnar un testamento:

  • Cuando nos encontremos con un deterioro cognitivo, es decir con un declive en las funciones cognitivas superiores de carácter elevado y no leve, debidas al envejecimiento u otros factores.
  • Si la persona presenta una demencia grave, es decir, en muchas ocasiones es imposible establecer comunicación con la persona o lo que afirma verbalmente no tiene sentido. Existe pérdida total de la memoria remota e incapacidad para cuidar de sí mismo. La persona es totalmente dependiente en su actividad básica diaria.
  • Cuando la persona, debido a otras enfermedades o padecimientos, no es consciente de lo que hace y/o dice.
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Requisitos para que un testamento sea nulo

Un testamento es inválido si no cumple con los requisitos que se establecen de manera normativa y, por lo tanto, puede ser impugnado. El testamento debe haberse realizado de manera correcta y con libre elección del testamentario. Un testamento es nulo y anulable si:

  • Se ha realizado por personas no consideradas hábiles para testar, como personas menores de 14 años, personas con Deterioro Cognitivo, personas con Demencia o personas con capacidades cognitivas y volitivas anuladas.
  • Si el testamento se ha llevado a cabo antes de tener las capacidades alteradas, no será nulo.
  • Si la persona ha realizado el testamento bajo fuerza o coacción, engaño y manipulación, y no bajo su propia voluntad.

Si dudas si tu padre, tu madre u otra persona o familiar, ha realizado su testamento sin tener capacidad para ello, puedes ponerte en contacto con nosotros en el 679 07 58 56 o escribiendo con total discreción a hola@ruthperezenriquez.com. Estamos para atender todas tus peticiones sobre la capacidad testamentaria e impugnación de testamentos en Madrid.

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